23 diciembre 2010

Primer Concurso GEDESTIC de Posicionamiento SEO

La Cátedra GEDESTIC invitó el pasado 22 de diciembre a los alumnos de la ETSINF_UPV, al Primer Concurso de Posicionamiento SEO. La invitación se realizó en el marco de la charla de Jorge Serrano Cobos: “SEO: cómo posicionar bien un web”. Las inscripciones están disponibles haciendo clic aqui
GEDESTIC es una iniciativa de la empresa GEDESCO DESCUENTO DE PAGARÉS junto a la Universidad Politécnica de Valencia, con el objetivo de promover la investigación de tecnología para mejorar la calidad y productividad en las pymes españolas.
Los participantes del concurso deberán crear sus sitios webs de una temática definida en las bases del concurso y adecuarlos con herramientas de Optimización de Búsqueda en Motores (SEO). Al culminar el plazo del concurso, se realizará una búsqueda pública y los mejores posicionados resultarán ganadores.
Con esta nueva iniciativa, Gedesco Descuento de Pagarés continúa demostrando su apoyo al desarrollo de la investigación en tecnología e innovación. Les invitamos a seguir a Gedesco en Twitter para mantenerse informado de los avances de la Cátedra GEDESTIC y de noticias relacionadas con liquidez y otros temas de interés.

24 noviembre 2010

Gedesco descuento de pagarés, patrocina el I CONGRESO SEO PROFESIONAL

                                        

Gedesco sigue apoyando la promoción y desarrollo de iniciativas que promuevan la investigación y la aplicación de tecnologías de la información para la mejora de la competitividad de las empresas. Por esto estará patrocinando el I CONGRESO SEO PROFESIONAL
(www.congresoseoprofesional.com) en Valencia el 26 y 27 de noviembre de 2010.

Este evento se ha organizado limitando la cantidad de asistentes, solo a 50 plazas, para que pueda haber una alta interacción entre los ponentes y los participantes, lo cual permitirá que el análisis de las tendencias actuales en Optimización de Motores de Búsqueda (SEO por sus siglas en ingles) y el Posicionamiento en Buscadores sea más profundo y productivo.

Gedesco creó desde el pasado mes de Julio la CÁTEDRA GESTIÓN Y DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD (GEDESTIC) que busca apoyar el mejoramiento de la productividad de las pymes valencianas, apoyados en actividades que organice la Universidad Politécnica de Valencia (www.upv.es).
En el marco del I CONGRESO SEO PROFESIONAL, Gedesco sorteará un IPAD entre los asistentes.

10 noviembre 2010

Pagaré: Importancia del lugar de emisión

La indicación del lugar de emisión en un pagaré es un requisito imprescindible, legalmente exigido, cuya ausencia priva jurídicamente al efecto de la condición de pagaré y, aunque sigue constituyendo un documento de crédito, conlleva la pérdida de los privilegios que se derivan de tal condición.

No obstante, la ausencia del lugar de emisión en un pagaré se puede suplir por el lugar que, en su caso, el firmante o emisor del pagaré haya hecho constar como domicilio junto a su firma, escribiéndolo de su puño y letra o mediante la antefirma de la empresa a que represente, en cuyo caso el pagaré conserva su carácter y privilegios.

Si falta el lugar de emisión en el espacio correspondiente del pagaré y el emisor no ha hecho constar ningún lugar junto a su firma, el efecto pierde su condición jurídica de pagaré con la desagradable consecuencia de que, en caso de impago, no se podrá disfrutar de las ventajas de celeridad y embargo rápido de los bienes del deudor que ofrece el juicio cambiario, reservado únicamente a pagarés con todos los requisitos legales, obligándonos a acudir a procedimientos judiciales más lentos y menos efectivos para reclamar su importe.

Así pues, debe extremarse el cuidado en que se haga constar el lugar de emisión en los pagarés que se reciban, pues la ausencia de esta mención priva al efecto de la condición jurídica de pagaré con la consiguiente merma de los privilegios que ostenta el pagaré como documento de crédito.

18 octubre 2010

Gedesco.es Descuento de Pagarés patrocina el equipo de Fondo Bit a Bit Running


Gedesco apuesta por el deporte y por los valores que representa de esfuerzo y superación. Desde el pasado Abril Gedesco ha iniciado un patrocinio del equipo Bit a Bit Running formado en parte por varios trabajadores de nuestra empresa.

El pasado 12 de septiembre tuvo lugar la XXXIV Volta a Peu a los barrios de San Marcelino y San Isidro. 8ª prueba puntuable del VI Circuito Ruralcaja de carreras populares de la ciudad de Valencia.

Hasta la fecha se han disputado 2 carreras en las que nuestro equipo ha llegado a la meta entre los 50 primeros, desde aquí animamos a Paco, Juan José y Francisco para conseguir superar su marca.
Nuestros corredores Paco, Francisco y Juan José.

04 octubre 2010

Gedesco Descuento Pagarés, firma un acuerdo de colaboración con la UPV.

La compañía Gedesco.es Descuento de Pagarés, ha firmado un convenio de colaboración con la Universidad Politécnica de Valencia. Antonio Aynat Eknes y el Rector de la Universidad Juan Juliá Igual han firmado esta Cátedra de tres años de duración.

La CÁTEDRA GESTIÓN Y DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD (GEDESTIC), tiene como objetivo la promoción y desarrollo de iniciativas de investigación y la aplicación de tecnologías de la información para la mejora de la competitividad de las empresas. Gracias a esta iniciativa se pretende mejorar la competitividad de las pymes valencianas. El desarrollo de dichas actividades será llevado acabo a través de las Escueta Técnica Superior de Ingeniería Informática. Entre las actividades académicas a realizar se encuentran actividades de formación como: colaboración en másters, becas predoctorales y posdoctorales, premios a proyectos fin de carrera, concursos de ideas, conferencias y seminarios… Así como actividades de divulgación y transferencia de conocimiento: Realización de jornadas de divulgación técnica y tecnológica, publicaciones de interés en el ámbito de la cátedra, promoción de acontecimientos científicos y técnicos…

“En Gedesco estamos encantados de colaborar con esta clase de iniciativas que nos ayudarán a mejorar competitivamente, además de participar en el desarrollo de nuevas áreas de investigación que servirán de ayuda a las PYMES valencianas” Ha comentado Antonio Aynat Consejero Delegado del Grupo Gedesco.

Gedesco es una empresa de servicios mercantiles cuya principal actividad es el anticipo de efectos a pequeñas y medianas empresas a través del descuento de pagarés. Actualmente cuenta con una red de 17 delegaciones propias y agentes repartidos por todo el territorio nacional.

20 septiembre 2010

Pagaré: Conceptos y Requisitos III (Tomador, Fecha de Emisión, Firma)


Continuamos con este articulo sobre los conceptos esenciales del pagaré, en este caso destacamos la importancia de la fecha y el lugar donde se ha rellenado el pagaré así como designar a un tomador que se responsabilice de este documento.

Según el artículo 94 de la Ley Cambiaria y del Cheque, para que un documento sea considerado pagaré, ha de cumplir los siguientes requisitos (entre otros):

e).- Debe designar un tomador, es decir, debe indicar el nombre de la persona o sociedad concreta a cuyo favor se emite el pagaré, legalmente denominada beneficiario, siendo nulos los pagarés emitidos al portador.

f).- Debe figurar el lugar y fecha emisión del pagaré. Si falta la fecha o el lugar de emisión, el pagaré es nulo, aunque la ausencia del lugar de emisión puede subsanarse teniendo por tal lugar el que figure junto al nombre del firmante o emisor del pagaré

g).- Debe constar la firma del emisor del pagaré, que es la persona o entidad obligada a pagarlo a su vencimiento. Por el momento, la tendencia de los Juzgados es exigir que la firma sea manuscrita y original, pese a los avances técnicos y a la necesidad de grandes empresas de emitir, en ocasiones, un gran volumen de pagarés.

13 septiembre 2010

Pagaré: Conceptos y requisitos II ( Promesa de Pago, Vencimiento y Lugar de Pago)


En este segundo post dedicado al pagaré, vamos a tratar sobre la promesa de pago, el vencimiento y el lugar de pago. Esperamos que esta información os resulte de gran utilidad.

Según el artículo 94 de la Ley Cambiaria y del Cheque, para que un documento sea considerado pagaré, ha de cumplir los siguientes requisitos (entre otros):

b).- Debe contener la promesa de pago de una cantidad de dinero en euros o en moneda extranjera, expresada en números o en letras, sin que sea válido pagar con otros bienes que no sean dinero.




c).- Debe señalar un vencimiento, que es el momento en que será abonado el pagaré.

Aunque existen distintos tipos de vencimiento (a la vista, a un plazo desde la vista, a un plazo desde la fecha…), en la práctica, casi siempre se señalará el vencimiento del pagaré a una fecha fija, escrita en el documento con números o letras.

La fecha de vencimiento no puede ser alterada o manipulada y siempre ha de tratarse de una fecha concreta, posible y cierta. Cualquier incumplimiento de los anteriores requisitos, conlleva la nulidad del pagaré.

d).- Debe designar un lugar de pago, exigiéndose únicamente indicar la población, sin necesidad de especificar la calle y el número del lugar de pago o la cuenta bancaria donde se cargará el importe del pagaré el día de su vencimiento, aunque habitualmente estos datos figurarán en el documento porque, en la práctica, siempre se domicilia su pago en una cuenta bancaria del firmante.

06 septiembre 2010

Pagaré: Concepto y requisitos esenciales I (palabra pagaré)


Comenzamos con este post, una serie de articulos que nos explican cuales son los requisitos esenciales del pagaré. De esta forma esperamos dejar claro cómo se debe rellenar un pagaré y en que elementos nos debemos fijar para que el pagaré no resulte perjudicado.

El pagaré es un título de crédito, con determinadas formalidades, que contiene la promesa pura y simple de pagar una cantidad de dinero a una persona determinada.

Según el artículo 94 de la Ley Cambiaria y del Cheque, para que un documento sea considerado pagaré, ha de cumplir los siguientes requisitos:

a).- Ha de contener la palabra pagaré literalmente escrita en el documento, sin que sean válidas otras palabras o expresiones similares como pagará, páguese, etc..

Además, algunos juristas no aceptan la validez del efecto si la denominación “pagaré” aparece puesta en el margen o en una esquina del documento, manteniendo que debe figurar en la frase central del documento que contiene la promesa de pago.

La palabra pagaré puede escribirse en español o en cualquier idioma autonómico, pero todo el pagaré ha de estar íntegramente redactado en el mismo idioma, ya que, en caso contrario, el documento no se considerará pagaré.

26 julio 2010

Cómo endosar un pagaré: La cadena de endosos.


Cómo os dijimos os presentamos el nuevo vídeo para endosar pagarés. En este caso damos espacial relevancia al orden de la cadena de endosos, recuerda que siempre tienes que respetar el orden y dejar claramente indicado quien es el nuevo propietario del pagaré. Esperamos que te sirva de ayuda.

12 julio 2010

Cómo Endosar un Pagaré

Presentamos el nuevo vídeo que ha desarrollado el departamento jurídico de Gedesco.
En este caso explicamos de manera visual como se endosa un pagaré. Es sencillo pero hay que tener claro quien puede hacerlo y como hay que hacerlo.

Ya te avisamos que estamos preparando otro vídeo para que sepas que es una cadena de endoso y cual es la manera más correcta para poder realizarlo. Estate atento a nuestro blog o síguenos en la sección de vídeos de nuestra página web.

05 julio 2010

Gedesco te facilita una nueva línea de descuento con importe ilimitado.

No necesitarás buscar otras alternativas, en Gedesco no limitamos a nuestros clientes en función de su situación financiera ni de las garantías aportadas, ya que no les exigimos pólizas ni avales.

Te ofrecemos una nueva línea de descuento que cubrirá ampliamente tus necesidades de financiación en descuento de pagarés. Podrás obtener liquidez de forma inmediata (en menos de 24 horas). Con la nueva línea de descuento puedes descontar  pagarés a la orden y no a la orden, sólo tienes que enviar fotocopia de la factura y del pagaré.

Descontar con Gedesco tiene el mismo efecto que cobrar en efectivo a tus clientes.  En Gedesco.es creemos en ti y apoyamos el crecimiento de tu empresa.

21 junio 2010

El 85,3% de las empresas tienen problemas para conseguir financiación con sus bancos.

Muchas empresas han utilizado el descuento de pagarés de Gedesco.es como la alternativa a la búsqueda de recursos económicos/financieros para desarrollar su actividad.

Según el estudio de la Cámara de Comercio, el 85,3% de las empresas encuentran problemas a la hora de obtener financiación. Los bancos y las cajas han aumentado las exigencias de las garantías y avales 2 puntos más que en el último trimestre del 2009. Esto pone de manifiesto la desconfianza de las entidades financieras para conceder créditos. Sumado a que el 48% ha observado cómo se retrasa la respuesta del banco a su solicitud y el considerable aumento del plazo de pago de los clientes que ha aumentado a 4,5 meses (sin contar los retrasos de pago de la administración), hacen que la situación se convierta en insostenible.

Solo un 39,9% obtuvo financiación del banco pero esta fue menor de lo solicitado. La única noticia positiva que podemos encontrar es que Gedesco.es ha aumentado el riesgo a más de 300.000 empresas. Todas estas empresas han sido estudiadas por nuestro departamento de riesgos, por lo cual, cualquier pagaré que emitan será aceptado por nuestra empresa. Cada vez más las pymes buscan en Gedesco.es la financiación que necesitan. Por otro lado la rapidez para descontar un pagaré y el hecho de no solicitar ni avales ni pólizas a nuestros clientes hacen que Gedesco.es se convierta en la alternativa más segura y eficaz para descontar pagarés.

07 junio 2010

Gedesco presenta la herramienta más útil para buscar empresas: Gedesco Información Empresas

¿Te has dado cuenta del nuevo buscador que aparece en nuestro blog?
En Gedesco estamos comprometidos para hacértelo todo más fácil. Somos los más rápidos descontando pagarés, trabajamos con más de 300.000 empresas y concedemos riesgo a empresas a las que los bancos no conceden. Ahora te ofrecemos toda la información de las empresas que necesites sin ningún coste.

Prueba nuestra nueva aplicación, es tan sencillo como introducir la Razón Social de la empresa que buscas y en un segundo obtendrás toda la información que precises, desde el nombre del administrador hasta los últimos actos publicados en el B.O.R.M.E.

También puedes acceder a la página web de esta aplicación. Y muy pronto podrás descargarte un Gadget para poder tener tu buscador en tu propio blog, en tu escritorio o en aplicaciones como el Igoogle.

24 mayo 2010

El pagaré.

Antes de seguir con todos nuestros artículos, creemos importante explicar que es un pagaré. De esta forma podemos introducir el tema para usuarios más nóveles. Como siempre deciros que en Gedesco estamos dispuestos a ayudarte y asesorarte sobre todo lo relacionado con el descuento de pagarés.

El pagaré es un título de crédito formal y completo por el que el firmante se obliga a pagar a su vencimiento una cantidad cierta a una persona designada en el documento. 
Se entrega como medio de pago (promesa de pago) normalmente ante un trabajo realizado previa presentación de una factura.
Es utilizado habitualmente en el sector de la construcción y para el Librado (emisor del pagaré) sirve como método de financiación, ya que paga aplazadamente a sus proveedores, mientras él puede llegar a cobrar antes de sus clientes.
Los pagarés pueden cobrarse anticipadamente mediante una operación de descuento, esto es, un contrato por el que la entidad de descuento o Banco anticipa a una persona el importe del crédito pecuniario que éste tiene contra un tercero, con deducción de un interés o porcentaje y a cambio de la cesión del crédito mismo salvo buen fin. Si desea encontrar más información sobre el pagaré, consulte La Biblia del pagaré.


10 mayo 2010

La seguridad de descontar pagarés con Gedesco.


Hoy mismo ha aparecido una noticia en el periódico el Mediterráneo donde se informa que la Policía Nacional ha desarticulado en Barcelona a un grupo organizado que estafó más de 20 millones de euros con el cobro fraudulento de cheques bancarios y la simulación de páginas web de entidades bancarias internacionales para cobrar trasferencias e inversiones en diversos paraísos fiscales.

Una de sus últimas estafas está relacionada con el intento de adquirir la titularidad de los pagarés del Racing Club por un valor de 7,2 millones, que había emitido el Valencia al club cántabro por parte del traspaso del delantero Nikola Zigic, según informa el periódico Levante.

Desde Gedesco insistimos en la importancia de verificar con que entidad se trabaja  y más si se trata de descontar pagarés. Puede pedir informes nuestros a cualquier banco.
Y si desea conocer con que clientes trabaja, podemos ofrecerle nuestros Informes de Riesgo, que tienen un valor añadido ya que no sólo ofrecemos información de calidad sino que  nos comprometemos a financiar sus operaciones.

22 marzo 2010

Cómo rellenar un pagaré

¿Quién no se ha planteado alguna vez cómo se rellena un pagaré? En este interesante vídeo elaborado por el Departamento de Formación de Gedesco mostramos cómo hacerlo y en qué detalles fijarse. Hay que tener en cuenta que saber rellenar un pagaré correctamente no sólo es importante para el que lo emite, sino también para el que lo recibe puesto que un pagaré incorrectamente rellenado, esto es, con defecto de forma, nunca debe ser aceptado. Aquí tenéis el vídeo:

16 marzo 2010

Gedesco patrocina la falla Nou Campanar en Valencia

Este año Gedesco ha apostado por patrocinar uno de los eventos más reconocidos a nivel mundial: Las fallas de Valencia.

Gedesco el líder en descuento de pagarés patrocina este año la falla Nou Campanar ganadora de 6 primeros premios consecutivos.

Gedesco quiere darse a conocer en España y en el resto del mundo, tal y como indicó Antonio Aynat en la entrevista que concedió a Expansión, por eso a elegido estas fiestas tan populares para darse a conocer. Con el patrocinio de la falla Nou Campanar, Gedesco está llegando a todos los hogares de España y al resto del mundo a través de la televisión.

Por otro lado, también a colaborado con otras fallas de la comunidad Valenciana como son: Falla Maestro Gozalbo-Conde Altea, Falla Linterna-Na Robella y Falla Plaza Mayor de Alzira. Además de grabar diferentes mascletas para ofrecerlas por su canal you tube.

04 marzo 2010

El pagaré es inembargable. El pago es siempre obligado al tenedor del pagaré

Esta semana queremos transmitiros la importancia del legítimo tenedor de un pagaré, por lo que a continuación os explicamos el motivo por el cual un pagaré es inmebargable.

El verdadero titular del crédito que el pagaré representa es su legítimo tenedor el día del vencimiento, y no la persona a cuyo favor fue emitido inicialmente, por lo que cualquier embargo que pudiera producirse, es nulo si el pagaré lo tiene un tercero al que se le haya transmitido.


El deudor (el firmante o emisor del pagaré o el aceptante de la letra de cambio) sólo queda liberado de su deuda pagando a quien posea físicamente el pagaré y resulte su legítimo tenedor el día de su vencimiento.


Ello implica que no es válido el pago efectuado por el deudor a quien no sea el poseedor del pagaré, aunque pague en virtud de haberse embargado el crédito representado por el pagaré, a la persona a cuyo favor se emitió en un procedimiento judicial o administrativo, ya que tal embargo, sin la ocupación física del documento, es nulo. Si el deudor (el firmante o emisor del pagaré o el aceptante de la letra de cambio) no se opone al embargo y abona el pagaré a la entidad embargante, se verá obligado a pagar de nuevo su importe a quien posea físicamente el pagaré y resulte su legítimo tenedor el día de su vencimiento.

Así lo interpretan los Tribunales y, al respecto, cabe citar la Sentencia de la Audiencia Territorial de Oviedo de 23 de Mayo de 1.973 (Boletin del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo, nº 12, 1.976, pagina 73), que concluye textualmente: que no puede alegar el aceptante que hubo embargo del crédito y requerimiento de pago, pues la imperfección de aquél, sin ocupación y depósito de la letra, le permitía oponerse a dicho requerimiento, y no pagar al acreedor del librador (no acreedor cambiario), sin que ahora pueda esgrimir el abono hecho frente al legítimo tenedor que no ha perdido la posesión de la letra y está legitimado frente a todos los obligados cambiarios, para exigir de cualesquiera de ellos el pago del valor que la letra incorpora, sin perjuicio, claro está, de las acciones que puedan deducir como consecuencia del doble pago.

En idéntico sentido se pronuncian, entre otras, las Sentencias de la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Sevilla de 9 de octubre de 2000, 30 de marzo de 1.977 y 14 de octubre de 1.975 y la Sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de 17 de marzo de 1.986.
Consecuencia de lo anterior, siendo nulo un hipotético embargo de un pagaré por deudas de aquel a cuyo favor fue emitido inicialmente sin haberse ocupado físicamente el documento, el deudor debe oponerse al embargo y no pagar el importe del pagaré aunque sea requerido judicial o administrativamente para ello, a fin de evitar verse obligado a atenderlo dos veces cuando su legítimo tenedor reclame el pago del mismo al llegar su vencimiento.

19 febrero 2010

¿Qué ocurre si en un pagaré no aparece literalmente la palabra “pagaré”?

En Gedesco somos expertos en descuento de pagarés, por eso desde nuestro blog, ponemos a vuestra disposición amplia información de utilidad a través de interesantes artículos, para conocer con mayor detalle la operativa y aspectos legales del descuento comercial.

En este post os respondemos a la anterior pregunta sobre la importancia que tiene el hecho de que firgure la palabrá pagaré en el documento:

Conforme establece la Ley Cambiaria y del Cheque, el pagaré debe incluir la denominación “pagaré” en su texto.

Lo establecido en la anterior disposición legal conlleva, principalmente, las siguientes consecuencias:

En primer lugar, significa que el documento debe contener necesariamente la palabra “pagaré” para que pueda calificarse legalmente como tal, no siendo válidas expresiones similares o equivalentes como “por este documento el firmante pagará al vencimiento” o “se obliga a pagar al vencimiento”.
Si falta la palabra “pagaré” escrita literalmente en el efecto, éste NUNCA podrá considerarse pagaré, sino un simple documento de crédito semejante a un recibo domiciliado, perdiendo los privilegios propios del pagaré.

Algunos autores jurídicos van más allá y mantienen que no sólo es necesaria la constancia literal de la palabra “pagaré” en el documento para considerarlo como tal, sino que, además, debe estar escrita necesariamente en la frase que contiene la promesa de pago del mismo, es decir, en la frase donde se dice que “Por este pagaré el firmante pagará al vencimiento expresado...”, o un texto similar, en el documento.

En consecuencia, cuando se recibe un pagaré de cualquier deudor, debe observarse que en el documento figura escrita literalmente la palabra “pagaré”, pues en caso contrario, el documento no podrá considerarse legalmente pagaré y perderá los privilegios que corresponden al pagaré como documento de crédito.



11 febrero 2010

Gedesco lanza el Descuento Seguro, un nuevo producto contra el riesgo de impago.


• A través del Descuento Seguro, Gedesco pretende solucionar los problemas de liquidez y de impagados que, a diario, sufren miles de PYMES y autónomos por falta de financiación e ineficacia de los seguros de crédito.

• El Descuento Seguro es un descuento de efectos sin recurso contra el beneficiario, por el que Gedesco, además de anticipar liquidez a sus clientes, les garantiza la inmunidad frente al impago de los pagarés que descuenten por un precio nunca superior a la mora de mercado.

• El Descuento Seguro es un nuevo producto totalmente distinto de un seguro de crédito, al que supera en importantes ventajas.
• La compañía ha ampliado sus servicios a un gran número de empresas, a las que las entidades bancarias y financieras siguen cerrando sus puertas.

Gedesco lanza al mercado una nueva fórmula, completamente distinta del tradicional seguro de crédito, destinada a solucionar los problemas liquidez y de riesgo por impago que, a diario, sufren miles de PYMES y autónomos.

Esta nueva fórmula, bautizada por Gedesco como Descuento Seguro, consiste en un anticipo de efectos (pagarés, letras de cambio…) sin recurso contra el cedente o beneficiario del efecto, por el que, además de obtener liquidez inmediata en sus operaciones, los clientes de Gedesco se garantizan la inmunidad frente al impago de los efectos que descuenten.

Gedesco ha realizado rigurosos estudios de riesgo para definir su propio indicador de impago, comprobando que, en la mayoría de los casos, su índice de impagados es inferior al ECI (Efectos de Comercio Impagados) publicado por el INE.

Por ello, Gedesco, comprometida con sus análisis de riesgo, ha decidido lanzar su Descuento Seguro mediante el que, además de financiar operaciones a sus clientes, les garantiza la inmunidad frente al impago de los pagarés que descuenten por un precio que, a diferencia del seguro de crédito convencional, nunca es superior a la mora de mercado y que oscila entre un mínimo, determinado por su propio indicador de mora, y un máximo, que es el de mercado publicado por el INE.

Mediante el Descuento Seguro los clientes de Gedesco evitan reflejar impagados en su contabilidad, así como los complicados trámites y demoras en el pago de indemnizaciones por entidades aseguradoras.

Además, con el Descuento Seguro el cliente elije, uno a uno, los pagarés a descontar en Gedesco, en lugar de tener que vincular toda su facturación, como suelen exigir las aseguradoras, lo que redunda en una importante reducción de gastos.

Y finalmente, si el pagaré descontado no es atendido a su vencimiento, el cliente no se ve afectado por el impago, ya que es Gedesco quien asume el impagado.

Resultados de recientes análisis de riesgo de Gedesco desvelan que la mora de mercado tiende a descender. Por ello la compañía ya ha ampliado sus servicios a un gran número de empresas a las que entidades financieras y bancarias siguen cerrando sus puertas, como es el caso de algunas constructoras e inmobiliarias.

La previsión de Gedesco para 2010 con este nuevo producto es aumentar en un 50% su volumen de negocio.

Para más información http://www.gedesco.es/

08 febrero 2010

Gedesco desvela en Expansión cómo está afrontando la crisis y adelanta sus objetivos para 2010.

El pasado viernes 5 de febrero, D. Antonio Aynat (Consejero Delegado de Gedesco) desveló para Expansión cómo está afrontando la crisis y avanzó algunos de sus objetivos para este año.
Antonio Aynat  explicó que en sus ocho años de historia Gedesco ha tenido que adaptarse a un periodo de fortísimo crecimiento, con ritmos anuales superiores al 50%, a una coyuntura completamente distinta, con un descenso en el volumen de su actividad normal del 60%.
Pese a ello, la firma ha logrado consolidarse como un canal financiero alternativo a los bancos, cajas y aseguradoras de crédito con su descuento de pagarés e incluso ha aumentado sus márgenes en un momento tan difícil.
En 2009, la compañía obtuvo un volumen de negocio de 138 millones de euros, un 10,2% menos que el año anterior, pero logró mejorar su beneficio bruto de explotación (ebitda) un 83%.
La clave para salir reforzada de la crisis, según Aynat, ha sido “el análisis del riesgo y el control de la morosidad, una estrategia que le ha permitido mantener una tasa de morosidad inferior al 1% en un momento de alza generalizada de los impagos”.
Gedesco lleva a cabo una fuerte política comercial, estando presente en todo el territorio nacional y siendo muy rápidos en la tramitación de operaciones.

Si desea leer la entrevista puede descargarla aquí 




01 febrero 2010

“En Gedesco.es estamos de estreno”.


A través de este blog queremos aportar información de utilidad para aquellas personas que por diferentes motivos tengan interés en el mundo del pagaré. En este blog vas a poder encontrar vídeos tutoriales, definiciones y casos sobre la casuística y jurisdicción del pagaré.
¿Cómo rellenar un pagaré, como endosarlo correctamente, como descontarlo,..? son dudas que se plantean a menudo y que a veces no sabemos dónde recurrir a solucionarlas. El objetivo de este blog es “hacerte salir de dudas”. Tenemos los conocimientos y la experiencia necesaria para aportar la información que buscas.
No lo dudes y navega por nuestro blog, hemos posteado varios temas para que veas lo útil que le puede resultar el blog Descuento de Pagarés.
Te dejamos como aperitivo un vídeo presentación de Gedesco.es que fue emitido en el programa “Empresas con Identidad” de Intereconomía TV.


26 enero 2010

¿Por qué es imprescindible incluir la antefirma en un pagaré?


En base a lo previsto en el artículo 9 de la Ley Cambiaria y del Cheque, nuestra jurisprudencia mantiene que quien firma un pagaré o acepta una letra de cambio en nombre de una empresa, sin hacerlo constar mediante la correspondiente antefirma, queda obligado personalmente a abonar el importe del efecto a su vencimiento, sin que la empresa que representa asuma responsabilidad alguna. 

Son numerosas las Sentencias que llevan este principio a rajatabla, pudiendo citarse, entre otras, las Sentencias de la Audiencia Provincial de Córdoba de 11 y 23 de octubre.
De forma que será el firmante del pagaré o el aceptante de la letra de cambio que no puso la antefirma quien, como persona física, soporte siempre las consecuencias de una reclamación judicial por impago del efecto, sin que la empresa que representa se vea afectada.

En cualquier caso, como medida preventiva, quien firme un pagaré o acepte una letra de cambio en nombre de una empresa debe cuidar de hacerlo constar así siempre mediante la correspondiente antefirma para evitar el riesgo de quedar obligado personal-mente a abonar su importe al vencimiento, sin que la empresa que representa asuma responsabilidad alguna.
Y quién reciba un pagaré como forma de pago a un trabajo realizado debe prestar la máxima atención en que el mismo cumple todos los requisitos formales para evitar posibles problemas.

“emitir un pagaré sin antefirma obliga al firmante como persona física, aunque figure la cuenta de la empresa”

Cómo endosar un pagaré

El endoso es el negocio por el que el tenedor (endosante) de un pagaré a la orden y pendiente de vencer o una letra de cambio la transmite, legal y físicamente, a otra persona (endosatario), con todos los derechos que el efecto incorpora, incluido, por supuesto, el derecho a cobrarlo a su vencimiento.
El endoso se caracteriza porque obligatoriamente ha de plasmarse por escrito al dorso del efecto.



El más común es el endoso en blanco, por el que el endosante simplemente estampa su firma al dorso del efecto, precedida de la pertinente antefirma o nombre de la entidad a que representa si se trata de una empresa, y lo entrega físicamente al endosatario.
El nuevo endosatario se convierte en nuevo titular del pagaré o la letra de cambio, adquiriendo, además, como tercero ajeno al negocio que motivó la emisión del efecto, una posición jurídica que le hace inmune a las excepciones de fondo para negar el pago al vencimiento que el deudor pudiera oponer al primer beneficiario del efecto, como el incumplimiento o deficiente cumplimiento del contrato, compensación de créditos, etc.
Una letra de cambio y un pagaré emitidos sin la mención "no a la orden" pueden ser objeto de múltiples endosos, debiendo comprobar el endosatario la corrección de los endosos anteriores para que el endoso sea válido y le otorgue las ventajas y privilegios propios del endoso.